La declaración de la Renta puede presentarse de forma conjunta con todos los miembros de la unidad familiar.
Si quiere optar por la tributación conjunta, le interesa saber cuáles son las modalidades de unidad familiar:
√ Matrimonios o parejas de hecho inscritas: cónyuges o pareja de hecho, y si los hay, hijos menores no emancipados y mayores de edad sujetos a curatela con facultades de representación (siempre que ésta sea ejercida por los progenitores o adoptantes).
√ Separados legalmente o no casados, o no inscritos como pareja de hecho:
- Si hay acuerdo entre los progenitores, uno de ellos con todos los hijos menores no emancipados o mayores sujetos a curatela.
- Si no lo hay, el progenitor con todos los hijos sobre los que tenga la guarda y custodia judicial (por tanto, en este caso, pueden existir dos unidades familiares).
√ Padre o madre viudos: padre o madre e hijos menores no emancipados o mayores sujetos a curatela.
Además, tenga en cuenta que:
√ Nadie puede formar parte de dos unidades familiares.
√ Los miembros de la unidad familiar se determinan a 31 de diciembre. Sin embargo, se admite la tributación conjunta aunque algún miembro haya fallecido durante el ejercicio.
Si puede hacer tributación conjunta, nuestros profesionales analizarán si le conviene y le ayudarán a confeccionar su declaración.